Si recuerdan, en 2018 la Audiencia Nacional decidió iniciar una investigación sobre ciertas actividades ocurridas en algunas sucursales de CaixaBank debido a la existencia de:
[…] indicios de responsabilidad descritos en las 10 sucursales investigadas, por hechos ajenos cometidos por sus empleados y directivos, basados en la responsabilidad in elegendo, in vigilando o in instruendo de los administradores respecto a los hechos cometidos por sus empleados.
Los hechos investigados tenían relación con el blanqueo de capitales proveniente de «la mafia china». La mafia, a través del uso de organizaciones con actividad no justificada, generaba masivas remesas de dinero en efectivo, supuestamente procedentes de delitos contra la Hacienda Pública. Estas remesas fueron «bancarizadas» sin riesgo de ser descubiertas gracias a la intervención de entidades bancarias como CaixaBank e ICBC-España. Ignorando CaixaBank el deber de debida diligencia ante las infracciones de las normas internas por parte de los directivos de dichas sucursales.
Esto tiene una implicación sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, ya que el juez consideró la existencia de graves fallos del sistema de control para la prevención del blanqueo de capitales, y que pese a haber sido puesto de manifiesto ya en 2013 «y en especial por el que fue su responsable de cumplimiento normativo al tiempo de los hechos”, no fueron resueltas.
En 2019, CaixaBank comunicó a la CNMV su preocupación ante el posible riesgo por daño reputacional de una potencial condena. Es la primera comunicación sobre riesgo reputacional por parte de una empresa ante una potencial condena penal de la persona jurídica. Lo cual podría manifestar que las empresas se encuentran más preocupadas por el daño reputacional y la potencial merma de beneficios ante el descontento de los clientes que ante la potencial multa o sanción derivada del proceso legal.
Y es que el futuro de CaixaBank en este proceso no es todo lo claro que le gustaría a los directivos del banco, ya que el pasado año, los directivos del otro banco imputado, ICBC-España, confesaron los hechos y fueron condenados a 27 millones de multa. Esta condena pone en entredicho el sistema de control de CaixaBank, sobre todo en relación con la vigilancia de sucursales.
Quedará en duda si la multa es mayor al daño reputacional y todos los efectos que pueda tener, no sólo en relación con una potencial merma de beneficios provocada.
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